¿Cual es el valor y el alcance de la compatibilidad funcional que han de tener los productos ofertados en una licitación?
I.-Introducción Analizamos hoy una cuestión que suele ocurrir de forma recurrente en muchas licitaciones en los contratos de suministros. En el presente caso ha sido el Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía (en adelante TARCJA) quien recientemente ha tenido la oportunidad de abordar el requisito de solvencia técnica consistente en que los licitadores aportasen entre otras cuestiones los materiales a suministrar y que los mismos deben de cumplir las prescripciones técnicas establecidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas (en adelante PPT). En este sentido, dichos materiales a suministrar tenían que ser compatibles funcionalmente con el modelo señalado en el citado PPT. En el presente caso que nos ocupa, el órgano de contratación decidió excluir la oferta de la empresa recurrente por entender que el material ofertado no era compatible funcionalmente con los dispositivos exigidos según los pliegos. El recurrente consideró en su escrito de impugnación que ni el fabricante del dispositivo ni el órgano de contratación les facilitó los medios para poder configurar el suministro propuesto para poder demostrar la compatibilidad considerando, por lo mismo, que dicha compatibilidad exigida en los pliegos se debería hacer en la fase de ejecución del contrato y no de forma previa a la adjudicación. En los Pliegos se exigía la presentación de muestras pero, en cambio, no se especificaba como el licitador podía acreditar la compatibilidad del material a suministrar con los dispositivos. Como en fase de licitación, el recurrente no pudo obtener la información suficiente del órgano de contratación para poder demostrar que sus suministros si eran compatibles, entendió que dicha comprobación sólo podía hacerse en la fase de [...]
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