La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) y la contratación pública
I.-Introducción En el Preámbulo de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (en adelante LCSP) se indica textualmente que el objetivo perseguido en el sistema legal de contratación establecido es el aclarar las normas vigentes, en aras de una mayor seguridad jurídica y tratar de conseguir que se utilice la contratación pública como instrumento para implementar las políticas tanto europeas como nacionales en materia social, medioambiental, de innovación y desarrollo, de promoción de las PYMES, y de defensa de la competencia. El sistema legal de contratación pública está llamado a salvaguardar la necesaria transparencia para mejorar las condiciones de libre acceso y participación en las licitaciones públicas de todos los operadores económicos que estén interesados. A nivel estatal existe un órgano regulador que ayuda a preservar y defender la libre competencia y es la COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA (en adelante CNMC) y sobre ella vamos a tratar a continuación en su relaciones con la contratación pública. Este órgano, con anterioridad a su actual denominación, se llamaba Comisión Nacional de la Competencia (con las siglas CNC). II.-Régimen jurídico y funciones La CNMC se rige por lo dispuesto en la Ley 3/2013, de 4 de junio de creación de la CNMC, por la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia y en su defecto por las Leyes 39/2015 y 40/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo y Régimen jurídico del Sector Público. Y, por supuesto el Tratado de Funcionamiento de la [...]
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